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LA COMISIÓN DE
HIGIENE Y SALUD DEL CONGRESO DEL ESTADO DE JALISCO PRESENTARÁ EL
JUEVES 29 DE JULIO DE 2004 ANTE LA ASAMBLEA LEGISLATIVA, UNA INICIATIVA DE
LEY PARA QUE SE ADICIONE EL CAPITULO X, TITULADO PELIGRO DE CONTAGIO, ADEMÁS
DE LOS ARTÍCULOS 232 BIS Y 232 TER., EN EL TITULO DÉCIMO SEXTO, DEL CÓDIGO
PENAL PARA EL ESTADO DE JALISCO. La exposición de
motivos de dicha propuesta se basa principalmente en las ITS, incluido el
VIH/SIDA, refiriendo que “resulta grave dejar de sancionar la conducta
desplegada para el contagio, a sabiendas de padecer o ser portador por
distintos medios, de igual forma nos encontramos con el terrorismo biológico…los
portadores pueden padecer el contagio, traer las muestras separadas y ser
utilizadas para dispersar el agente para contagiar a la población.” La iniciativa,
propone: Art. 232 BIS Se
impondrá de tres meses a tres años de prisión y multa de ochenta
salarios mínimos a quienes con conocimiento de que padecen una enfermedad
grave y transmisible, y dolosamente ponga en peligro de contagio a otro. Art. 232 Ter. Se
impondrá de ocho meses a cinco años de prisión y multa de doscientos
salarios mínimos, a quien amenace de contagiar por cualquier medio a
otro. Por lo anterior,
hacemos un llamado urgente para evitar que esta iniciativa de ley, pase a
primera lectura en el Congreso Legislativo, ya que medidas como estas,
lejos de beneficiar a la población, transgreden directamente a las
Personas que viven con VIH/SIDA/ITS, y no resultan propositivas ni
colaboran para evitar nuevas infecciones. Solicitamos
enviar un correo electrónico al diputado Javier Haro Tello, Presidente de
la Comisión de Higiene y Salud, así como copia a l@s presidentes/as de
todas las Comisiones Legislativas y a nuestro correo Javier.haro@congresojal.gob.mx Diputados: Pedro Ruiz
Higuera, Comisión Puntos Constitucionales pedro.ruiz@congresojal.gob.mx Alberto Maldonado
Chavarin- Comisión de Derechos Humanos alberto.maldonado@congresojal.gob.mx Ana Elia Paredes
Arciga – Comisión Equidad y Genero – anaelia.paredes@congresojal.gob.mx Celia fausto
Lizaola – coord. Fracción PRD – celia.fausto@congresojal.gob.mx Alonso Ulloa Vélez
– coord.. fracción PAN - alonso.ulloa@congresojal.gob.mx Ramiro Hernández
García – coord.. fracción PRI ramiro.Hernández@congresojal.gob.mx CHECCOS, A.C.
– checcosac@hotmail.com Adjuntamos Carta
Modelo Agradeciendo de
antemano su colaboración quedamos de ustedes COASIDH, CHECCOS,
A.C., COLEGA.O, A.C, FRENPAVIH JALISCO, , Fuerza de Tarea Jalisco, Saludos
cordiales, Isidro
CARTA
MODELO: C. DIPUTADO
JAVIER HARO TELLO H. LVII
LEGISLATURA DE JALISCO P R E S E N T E RESPETABLE DR.
HARO: Le expresamos
nuestra preocupación con relación a la iniciativa para que se adicione
el CAPITULO X, incorporando el tipo penal de Peligro de Contagio, en los
artículos 232 Bis y 232 Ter., del Titulo Décimo Sexto, del Código Penal
para el Estado Libre y Soberano de Jalisco, que además de ser una medida
violatoria a derechos humanos, reconocidos en distintos documentos,
convenciones y tratados internacionales firmados y ratificados por México,
no representa una opción viable que contribuya a la prevención y control
del VIH/SIDA/ITS. Este tipo de
leyes alejan a la población de los centros de atención tanto médicos,
psicológicos, educacionales u otros por temor a ser acusados e
inculpados, representando así un serio problema de salud pública, ya que
disminuiría el tiempo y calidad de vida de las personas con VIH/SIDA/ITS. En una práctica
sexual existe una responsabilidad compartida para elegir una alternativa
de prevención, de esta manera no existen víctimas ni victimarios, ya que
cada persona tiene libre albedrío de participar o no y la manera de
realizarla. Un delito de esta
naturaleza, resultaría muy difícil de acreditar debido a los factores
subjetivos y técnicos de los implicados. ¿Cómo saber que el/ la
inculpado/ a ya sabía que vivía con VIH/ SIDA? ¿Cómo saber si el/la
inculpado/a se encontraba en periodo de ventana? ¿Cómo comprobar que el
inculpado es el “responsable” de la transmisión del VIH, cuando la
tecnología no permite identificar esto? ¿Podrían estar encarcelando a
muchas personas inocentes, solo porque su condición de salud es diferente
al de una persona sana, con cáncer o diabetes? De aprobarse en
esos términos la propuesta citada, las personas más afectadas serían
las más vulnerables: pobres, migrantes, indígenas, personas con poca
escolaridad, entre otros, pues no tendrían los recursos necesarios para
contar con una defensa bien preparada. Respecto al
terrorismo biológico, se basa más en un supuesto que en un hecho real.
“Las personas no adquieren el VIH por haber sido victima de alguien que
deseaba vengarse y por consiguiente llevaba consigo una muestra separada
para dispersarlo”. Las personas adquieren el VIH por falta de información
y educación sexual que les permita tener las herramientas necesarias para
tomar decisiones que favorezcan una vida sana, libre y responsable. Las personas que
han tenido prácticas de riesgo y desconocen si adquirieron el VIH, se
alejarían de los centros de atención, evitando practicarse pruebas de
detección, afectando su salud, pues no recibirían oportunamente el
tratamiento que contribuye a mantenerse estables y prolongar así, calidad
y tiempo de vida. La cuarta
directriz internacional sobre el VIH/ SIDA y los Derechos Humanos de la
ONU, establece el deber de los Estados de reformar las leyes penales y los
sistemas penitenciarios para que estén en sintonía con las obligaciones
internacionales de éstos en la materia y no se apliquen indebidamente a
los casos de VIH/SIDA ni se utilicen contra los grupos vulnerables.
Apostar a que el derecho penal resuelva lo que no ha hecho la educación y
la prevención es una premisa que tarde que temprano demostrara sus límites
frente a la magnitud de la epidemia. Reconocemos su
preocupación por el tema y su vocación por el respeto a la dignidad
humana. Lo invitamos a impulsar iniciativas que erradiquen el estigma y la
discriminación en el contexto de esta pandemia en el estado de Jalisco,
tales como la Ley Estatal sobre el VIH/SIDA y el anteproyecto de Ley para
Prevenir y Eliminar todas las Formas de Discriminación. Por lo anterior,
hacemos un llamado urgente a los/las integrantes de la H. LVII Legislatura
para evitar que esta iniciativa de ley pase a primera lectura, ya que
medidas como estas, lejos de beneficiar a la población, afecta
directamente a los derechos de las personas que viven con VIH/SIDA/ITS y
no resultan propositivas ni colaboran para evitar nuevas infecciones. ATENTAMENTE NOMBRE ORGANIZACION
Comité Humanitario de Esfuerzo Compartido Contra el SIDA, A.C. CHECC Tel.01 33 3614 4514 / 15 Fax. 36 54 09 54 Calle Coronel Calderón No. 613 Centro Barranquitas S.H. C.P.44100 Gdl. Jal.
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