| Condenan a cuatro periodistas en Santiago de Chile por
filmar a un juez en una sauna gay
(SANTIAGO, PD/Agencias, 11/05/006).-
La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó una condena de 61 días de
prisión contra tres periodistas y un productor de televisión por la
obtención de imágenes con una cámara oculta en un caso de pederastia,
informaron este jueves fuentes judiciales.
Los afectados son los periodistas Alejandro Guillier, Patricio
Caldichoury y Fernando Reyes, además del
productor Raúl Poblete, todos ellos del canal privado 'Chilevisión',
a los que además se fijó una multa equivalente a 1,5 millones de pesos (unos
2.900 dólares), precisaron las fuentes.
Guillier es además el actual presidente del Colegio
de Periodistas de Chile.
El fallo del tribunal de alzada confirmó la sentencia de primera
instancia, dictada por la jueza Gabriela Pérez, que había
sido apelada por los profesionales afectados.
Según el fallo, los periodistas no cumplirán la sentencia en la cárcel,
sino en libertad, con la obligación de firmar periódicamente en el
tribunal.
El 5 de noviembre de 2003, Chilevisión difundió un reportaje
que mostraba al juez Daniel Calvo, que investigaba una
red de pederastia en la que supuestamente participaban conocidos políticos
y parlamentarios -esto último se desmintió posteriormente-, como cliente
de una sauna frecuentada por homosexuales.
El escándalo costó a Calvo la separación del caso,
ser destituido como miembro de la Corte de Apelaciones de Santiago y una
suspensión de cuatro meses sin sueldo.
Las grabaciones fueron hechas por el dueño de la sauna, Sebastián
Rodríguez, que después las utilizó para tratar de extorsionar
al juez.
Rodríguez fue condenado también a 61 días por la
grabación, pero por el intento de extorsión recibió una condena
adicional de tres años y un día de presidio y deberá pagar dos multas,
por un total de 4,5 millones de pesos (unos 8.700 dólares).
La defensa de los periodistas argumentó en su apelación que la jueza Pérez,
en su fallo, había criminalizado un supuesto delito de opinión.
Al rechazar la apelación, la Corte indicó que la concurrencia del
juez a la sauna 'no era de interés público' y la grabación
transgredió su derecho a la privacidad.
No puede justificarse el derecho a la información revelando públicamente
información íntima obtenida mañosamente, señala el dictamen.
Según fuentes del caso, los periodistas se exponían también a una
condena de tres años, pero antes de difundir el reportaje, Guillier
y Reyes se reunieron con el juez Calvo y
otro funcionario judicial para advertirles sobre el mismo.
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