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| » Agencia de Noticias: Sociedad y
Cultura, Derechos Humanos y Desarrollo Social |
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| Comparativo del texto
actual de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
contra el que fue aprobado en Comisiones y que será votado en el Pleno
de la Cámara antes de que cierre el período.
Primera Parte
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TEXTO VIGENTE |
TEXTO PROPUESTO |
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Artículo 1°.
En los Estados Unidos Mexicanos todo individuo gozará de
las garantías que otorga esta Constitución, las cuales no podrán
restringirse ni suspenderse, sino en los casos y con las condiciones que
ella misma establece.
Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos
Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional
alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las
leyes.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen
étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición
social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las
preferencias, el estado civil o cualquier otra que atente contra la
dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y
libertades de las personas. |
Artículo 1°.
En los Estados Unidos Mexicanos
todas las personas
gozarán de los derechos humanos reconocidos
en esta Constitución y en los
tratados internacionales
de los que el
Estado Mexicano sea parte,
así como de las garantías para su
protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse,
salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución
establece.
Las normas relativas a los derechos humanos se
interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados
internacionales
de la materia, favoreciendo en todo tiempo a las personas la
protección más amplia.
Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias,
tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los
derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad,
interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el
Estado deberá prevenir, investigar, sancionar
y reparar
las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca
la ley.
(…)
Queda
prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, las
condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias
sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la
dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y
libertades de las personas.
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Artículo 3…
La educación
que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las
facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la
Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la
independencia y en la justicia.
I a VIII.. |
Artículo
3°.
…
La educación
que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las
facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la
Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la
solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.
I a VIII.
… |
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Artículo 11.
Todo hombre tiene derecho para entrar en la República,
salir de ella, viajar por su territorio y mudar de residencia, sin
necesidad de carta de seguridad, pasaporte, salvo-conducto u otros
requisitos semejantes. El ejercicio de este derecho estará subordinado a
las facultades de la autoridad judicial, en los casos de responsabilidad
criminal o civil, y a las de la autoridad administrativa, por lo que
toca a las limitaciones que impongan las leyes sobre emigración,
inmigración y salubridad general de la República, o sobre extranjeros
perniciosos residentes en el país |
Artículo
11. Toda persona
tiene derecho
para entrar en la República, salir de ella, viajar por su territorio y
mudar de residencia, sin necesidad de carta de seguridad, pasaporte,
salvoconducto u otros requisitos semejantes. El ejercicio de este
derecho estará subordinado a las facultades de la autoridad judicial, en
los casos de responsabilidad criminal o civil, y a las de la autoridad
administrativa, por lo que toca a las limitaciones que impongan las
leyes sobre emigración, inmigración y salubridad general de la
República, o sobre extranjeros perniciosos residentes en el país.
En caso de persecución
por motivos
de orden político, toda persona tiene derecho de solicitar y recibir
asilo; por causas de carácter humanitario se recibirá refugio.
La ley regulará su procedencia y excepciones.
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Artículo 15.
No
se autoriza la celebración de tratados para la extradición de reos
políticos, ni para la de aquellos delincuentes del orden común que hayan
tenido en el país donde cometieron el delito, la condición de esclavos;
ni de convenios o tratados en virtud de los que se alteren las garantías
y derechos establecidos por esta Constitución para el hombre y el
ciudadano.
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Artículo 15.
No se autoriza la celebración de tratados para la
extradición de reos políticos, ni para la de aquellos delincuentes del
orden común que hayan tenido en el país donde cometieron el delito, la
condición de esclavos; ni de convenios o tratados en virtud de
los que se alteren los derechos
humanos
reconocidos por esta Constitución
y en los tratados internacionales
de los que el Estado Mexicano sea parte
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Artículo
18.
(…)
Los
Gobiernos de la Federación y de los Estados organizarán el sistema
penal, en sus respectivas jurisdicciones, sobre la base del trabajo, la
capacitación para el mismo y la educación como medios para la
readaptación social del delincuente. Las mujeres compurgarán sus penas
en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto.
(…)
(…)
(…)
(…)
(…)
(…)
(…) |
Artículo
18.
(…)
El sistema penitenciario se organizará sobre la base
del respeto a los derechos humanos,
del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación,
la salud y el deporte como medios
para lograr la reinserción del sentenciado
a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los
beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus
penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal
efecto.
(…)
(…)
(…)
(…)
(…)
(…)
(…) |
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[09.12.2010]:
Inicia la Conferencia
Internacional SIDA y Cultura VI
Del 9 al 11 de diciembre, de 10:00 a 16:00 Hrs, en las oficinas de la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, República de Cuba # 60, Centro
Histórico.
El
SIDA no sólo es una enfermedad o un fenómeno biomédico. Se
explora la forma en que sociedades distintas enfrentan el VIH y el SIDA,
re-significando conceptos como salud, enfermedad y malestar.
Entrada libre (Habrá traducción simultánea al idioma castellano e
inglés)...
más |
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SOCIEDAD Y CULTURA |
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[02.12.2010]:
¿Quién es el perro?
Por © José Antonio Escalante / Enkidu
Magazine:
Tanto se lucha contra la intolerancia hoy en día, ha habido avances
gigantescos en aceptar a nuestros hermanos de otras minorías en la
sociedad, pero ¿por qué no luchar contra la intolerancia de todos los
seres que habitan el planeta con nosotros, siendo esta tolerancia, yo
considero la más importante, por ser la que nos permita integrarnos al
mundo, al planeta, a la raíz de todo, nuestra naturaleza?...
más |
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Noruega 2010
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[24.08.2010]:
Entrevista
exclusiva con Karen Pinholt, Presidenta de la Organización Nacional Gay y
Lesbiana noruega LLH
[24.08.2010]:
La ley del matrimonio fue la
última batalla legal; ahora es cuando inicia el trabajo
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Segunda
parte de nuestra entrevista exclusiva con Karen Pinholt, Presidenta de la
Organización Nacional Gay y Lesbiana de Noruega LLH…
más
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[24.08.2010]:
Nadie debe estar
obligado a casarse, pero todos debemos tener el derecho a escoger por
nosotros mismos
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» CINE, MUSICA y Artes Visuales
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[21.08.2010]:
All beginning has an end and History has been
written in Oslo tonight: A-ha started their final farewell tour in Norway
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All of us heard, watched,
sang and enjoyed the essence of Morten Harket (vocals), Magne Furuholmen
(keyboards), and Pål Waaktaar (guitars), whom, in
1982 in the capital of Norway got the idea of using an international
expression to name their band: A-ha. 30,000 people, most of them of
Viking origins, were there…
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[22.08.2010]:
Todo comienzo tiene un final y
este 21 de agosto hemos sido testigos de la Historia: A-ha comenzó su tour
de despedida en Oslo
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» SPECIAL FEATURE: Norway 2010
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[15.08.2010]:
Exclusive Interview with
Karen Pinholt, President of Norway’s Gay and Lesbian Organisation LLH
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Ayer, día del cumpleaños de Agustín, en punto de las 10 de la
madrugada acudimos a una de las organizaciones de la
diversidad-sexo-genérica más importantes de Noruega: LLH (Norwegian lesbian,
gay, bisexual and transgender organization), cuya Presidenta, Karen
Pinholt, conversó en exclusiva para tí, amig@ de Enkidu Magazine…
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[15.08.2010]:
The
marriage law was the final legal battle; now the hard work starts..
Second
part of our exclusive Interview with Karen Pinholt, President of Norway’s
Gay and Lesbian Organisation LLH…
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[15.08.2010]:
No one has
to marry. But we all must have the right to chose that for ourselves’
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Third
part of our exclusive Interview with Karen Pinholt, President of Norway’s
Gay and Lesbian Organisation LLH…
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» DERECHOS CIVILES, RECONOCIMIENTO LEGAL Y
MATRIMONIO GAY
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[05.08.2010]:
California: Corte rechaza la
prohibición al Matrimonio entre personas de mismo sexo
Un juez federal en San Francisco aseguró que la prohibición
discrimina contra hombres y mujeres, la sentencia significa una victoria
temporal en una batalla legal que parece encaminada a ser dirimida por la
Suprema Corte...
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